Comparador de Neumáticos
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Nueva medida
Resultados
¿Cómo funciona el Comparador de Neumáticos?
Selecciona el formato que tenga la designación del neumático que desees comparar, mediante los botones ⬚/⬚R⬚, ⬚R⬚, ⬚-⬚ y ⬚x⬚R⬚.
Introduce las medidas de tus neumáticos originales (los que aparecen en la documentación del vehículo) y los que deseas montar para ver la diferencia de diámetro exterior y de anchura.
Con esta herramienta podrás comprobar si el nuevo neumático es equivalente y cumple con las tolerancias legales.
En España, los criterios de equivalencia para neumáticos son:
- Igual diámetro exterior con una tolerancia de ±3%. (1)
- Índice de carga igual o superior. (2)
- Código de velocidad igual o superior. (3)
- Que el perfil de la llanta de montaje sea el correspondiente al neumático.
(1) Únicamente con respecto a neumáticos incluidos en la homologación de tipo o para el neumático que consta en la Tarjeta ITV en el caso de vehículos que no dispongan de contraseña de homologación. No podrá aplicarse esta tolerancia con respecto a neumáticos añadidos mediante reforma.
En caso de neumáticos que no cumplan la tolerancia de ±3%, normalmente es posible legalizarlos mediante un trámite de reforma para variaciones de hasta ±10% sin necesidad de ensayos. Variaciones superiores a ±10% requerirán además un ensayo de frenado; puedes consultar con MC Ingeniería sobre tu caso.
(2) En caso de montar neumáticos con índice de carga inferior al homologado por el fabricante, estos se podrán legalizar mediante un trámite de reforma si la suma de las capacidades de carga de los neumáticos del eje es suficiente para soportar la Masa Técnica Máxima Admisible (MTMA) del eje indicada en la documentación del vehículo. Puedes consultar la tabla de índices de carga de neumáticos para verificar los valores correspondientes.
En casos donde los neumáticos con índice de carga inferior no soporten la MTMA del eje, en algunos casos es posible legalizarlos conjuntamente con la reducción de dicha masa. Si necesitas asesoramiento, puedes contactar con MC Ingeniería para estudiar tu caso.
Neumáticos con marcado ZR, pueden no disponer de índice de carga, por lo que no se tendrá en cuenta el correspondiente criterio de equivalencia.
(3) La utilización de neumáticos M+S, MS o M&S, en lo referente al índice de velocidad, no se considerará reforma en los siguientes casos:
Si se utilizan neumáticos especiales de nieve, estos irán marcados con la inscripción M+S, MS o M&S y deberán tener una categoría de velocidad, bien igual o superior a la velocidad máxima prevista para el vehículo, bien no inferior a 160 km/h. Si la velocidad máxima del vehículo es superior a esta deberá especificarse en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo.
En el caso de los vehículos equipados con neumáticos todo terreno de uso profesional «Professional Off Road» (marcado POR), si la velocidad máxima del vehículo es superior a la del índice de velocidad de los neumáticos montados, deberá especificarse en una etiqueta de advertencia de velocidad máxima, situada en un lugar destacado dentro del campo de visión del conductor del vehículo, de forma permanente.